
De conformidad con el artículo dos de la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes, éstos tienen derecho a solicitar la devolución del saldo a favor que haya resultado de sus declaraciones de impuestos de hasta cinco años anteriores.
El saldo a favor aparece cuando se paga más de lo adeudado, ya sea por las retenciones practicadas por el patrón o por el cálculo de impuestos efectuados durante el ejercicio fiscal por personas naturales o jurídicas.
Requisitos para solicitar devoluciones previas
Los dos requisitos principales son haber presentado la declaración del año por el cual se solicita la devolución en tiempo y forma y pagar los impuestos del mismo año. De lo contrario, podría dar lugar a multas o problemas legales.
Es necesario que la persona que solicita la devolución cuente con e.firma vigente y el expediente electrónico generado por el SAT. También deberá anexar un estado de cuenta no mayor a dos meses, cuyo contenido incluya el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la CLABE interbancaria.
Cómo tramitar la devolución
El trámite se realiza en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Al ingresar a la cuenta, el solicitante deberá dirigirse a la sección de trámites y seleccionar la opción de devoluciones y compensaciones. Dentro de ese apartado puedes solicitar una devolución con un formato prellenado. El contribuyente debe asegurarse de que todos los datos sean correctos. Una vez hecho esto, simplemente debe aceptar la información, subir a la nube los archivos que se le solicitarán, firmar el proceso, enviar, guardar e imprimir.
Una vez realizada la devolución, el interesado podrá dar seguimiento al trámite en el portal del SAT, en la sección “Consulta tu devolución automática”.
¿Cuánto tarda la devolución?
Hay un plazo de 10 a 40 días hábiles como máximo.
Solicitud de devolución del último ejercicio
En el caso de la devolución obtenida a partir de la declaración realizada en 2023, es decir, a partir del ejercicio 2022, parte del trámite se realiza en el mismo momento de la declaración. Es necesario agregar la CLABE interbancaria y el nombre del banco de dicha cuenta antes de finalizar la declaración.
Además, al igual que en las declaraciones de años anteriores, el contribuyente deberá acudir a la opción de devoluciones y compensaciones del portal. Seleccione la opción de devolución y proporcione los documentos requeridos, que pueden ser estados de cuenta, talones de pago o cualquier estado de cuenta pertinente. El SAT informará al solicitante a través del buzón fiscal o en la sección donde se realizó el trámite. Si la solicitud fuere rechazada, el SAT permite realizar las subsanaciones pertinentes para que proceda la devolución.
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